Rechazan demanda de empresa para poner término a contrato de trabajadora embarazada

Rechazan demanda de empresa para poner término a contrato de trabajadora embarazada

29 Agosto 2017

En el proceso judicial se comprobó que no habían razones para despedir a la mujer.

Equipo El Vacanudo >
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El Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno rechazó la demanda presentada por Brink's Chile S.A. en contra de Rita Águila Catrilef, empleada de la empresa trasporte y custodia de valores, por desafuero maternal y autorización para poner término al contrato por vencimiento del plazo convenido. 

En el fallo, la magistrada María Isabel Palacios no dio lugar a la acción judicial intentada por la compañía, luego de establecer que Brink’s el 20 de junio de 2016, contrató efectivamente a Águila para desempeñarse como operadora de Cash Logistic, en dependencias de la empresa.

“El contrato se pactó con una vigencia hasta el 30 de septiembre de 2016. El 29 de septiembre de 2016 dicho contrato fue renovado con una vigencia hasta el 31 de mayo de 2017. Mediante certificado médico emitido por la matrona (…) la trabajadora acreditó su estado de embarazo ante el empleador”, consigna el fallo. 

En este contexto, la resolución agrega que, durante el juicio, la mujer presentó un informe en el que se consigna que  las funciones laborales que cumplía no eran accidentales o temporales, sino que por el contrario, se trataba de una función que es de la esencia de su trabajo, por lo que no existía la necesidad de despedirla.

Por otro lado, el documento indica la protección que deben tener las empresas en cuanto a las mujeres y el embarazo. "Además, se debe tener presente que es el legislador quien impone la carga y obligación al empleador de mantener el empleo para la protección a la maternidad aún en los casos de contratos a plazo, carga que deben soportar los empleadores en general, máxime cuando se trata de la protección de garantías fundamentales que el estado debe contribuir a proteger, respetar y promover según el mandato constitucional”, manifiesta el fallo.

Es por esto finalmente se rechazó la acción judicial, condenando a la empresa Brink's a pagar la suma de las costas, correspondiente a $100.000 a Rita.