Confirman proyecto de Ley que perfeccionará el bullado Sistema de Admisión Escolar

08 Enero 2019

Son tres las reformas que enviará al Congreso el Ministerio de Educación, con el objeto de garantizar más justicia a los estudiantes.

Equipo El Vacanudo >
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El Ministerio de Educación enviará al Congreso un proyecto de Ley con tres reformas al Sistema de Admisión Escolar utilizado en los distintos establecimientos educacionales.

El objetivo de la iniciativa es "perfeccionar el sistema, que claramente es inclusivo, pero que necesita de algunas correcciones que garanticen la justicia para todos los estudiantes", destacó la Seremi de Educación, Claudia Trillo.

El primer cambio esencial que busca esta reforma, es la incorporación de sistemas propios de admisión para establecimientos de alta exigencia académica a partir de séptimo básico, a fin de evaluar el mérito académico del 100% de sus postulantes.

 Actualmente, la ley de inclusión establece que los establecimientos de alta exigencia académica, y que se refiere sólo  a "emblemáticos", a partir de 7º básico pueden -excepcionalmente- pedir autorización al MINEDUC para aplicar, sólo al 30% de sus vacantes, un proceso de admisión aleatorio, en que participa exclusivamente el 20% de los alumnos de mejor desempeño escolar del establecimiento educacional de procedencia. 

La segunda propuesta eliminaría la restricción del 30% para establecimientos de especialización temprana, por ejemplo, deportivos o artísticos; y que se les permitan procesos propios de admisión.

Hoy, el sistema de admisión de los establecimientos educacionales, cuyo proyecto educativo desarrolla aptitudes que requieran una especialización temprana, está regulado en el mismo artículo que el de los establecimientos de alta exigencia; esto es, aplicándoseles la limitación de poder seleccionar sólo hasta un 30% de sus estudiantes. 

Por último, la tercera reforma, busca la inclusión de nuevos criterios de justicia al sistema, pues la ley establece que todos los estudiantes que postulen a un establecimiento educacional deben ser admitidos en caso de que los cupos disponibles sean suficientes, y establece un procedimiento aleatorio para los casos en que sean insuficientes; y para ello se consideran siguientes criterios de prioridad en orden sucesivo:

a) Existencia de hermanos que postulen o se encuentren matriculados en el mismo establecimiento.

b) Incorporación del 15% de estudiantes prioritarios.

c) La condición de hijo de un profesor o cualquier otro trabajador del establecimiento educacional.

d) Haber estado matriculado anteriormente en el establecimiento educacional al que se postula, salvo que hubiere sido expulsado con anterioridad.

Las modificaciones a estos procedimientos contemplan: ampliar la definición de “hermanos", del primer criterio de priorización, a postulantes que pertenezcan a un mismo hogar, ya que hoy el proyecto sólo considera a los consanguíneos. 

Respecto al segundo criterio de priorización que establece la incorporación de 15% de alumnos prioritarios, se propone que los establecimientos educacionales, que en sus proyectos educativos declaren una opción preferente por la educación de alumnos vulnerables, puedan ser autorizados para aumentar el porcentaje de alumnos prioritarios, siempre que estén ordenados en categoría de desempeño Alto o Medio por la Agencia de la Calidad. Es decir, un colegio con buen desempeño no tiene por qué estar limitado sólo a tener un 15% de alumnos vulnerables

Asimismo, la tercera reforma buscará incorporar el criterio de “proyecto educativo” hasta un 30%, en el orden de prioridades que establece la ley: La ley de inclusión no considera en el proceso general de admisión otros criterios definidos por los propios establecimientos educacionales.

"Estos alcances que estamos haciendo son para mejorar el sistema de admisión escolar, considerando las implementaciones que hemos llevado a cabo y lo que hemos recogido desde la comunidad, la familia; considerando estas diferencias y hacerlo aún más inclusivo", subrayó la Seremi de Educación, Claudia Trillo.