¿Bono sala cuna?: Conoce en qué casos se otorga este beneficio

¿Bono sala cuna?: Conoce en qué casos se otorga este beneficio

14 Agosto 2018

De acuerdo a la normativa, el aporte se realiza solo en situaciones excepcionales.

Equipo El Vacanudo >
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De acuerdo a la normativa actual, los derechos respecto a la maternidad son irrenunciables, por lo que no es posible el acuerdo de algo diferente a lo que señala la ley.

De conformidad con lo establecido en el artículo 203 del Código del Trabajo, el empleador que ocupa 20 o más trabajadoras de cualquier edad o estado civil, tiene la obligación de tener salas anexas donde las mujeres trabajadoras pueden dar alimento a sus hijos menores de dos años y dejarlos mientras trabajan. 

En este contexto, para usar el uso del derecho legal al uso de sala cuna, el hijo de la trabajadora deberá asistir al recinto que la empresa haya contratado para estos fines, el cual debe contar con autorización de la Junji.

Sin embargo, en casos excepcionales es posible que se pague a la madre un bono compensatorio por el concepto de sala cuna, aunque por ley no se permite que ella reciba el dinero del costo de esta última.

Lo anterior requiere un pronunciamiento de la Dirección del Trabajo, que dará paso a la entrega del aporte en casos de:

  • Prescripción médica el niño o niña, lo cual le impida el asistir a una sala cuna
  • Si el lugar del trabajo está apartado de los centros urbanos donde no hay sala cuna 
  • La jornada de la trabajadora no sea compatible con el funcionamiento de una sala cuna

Imagen: Huawei / Agencia uno