Aborto: Aseguran protocolo de acompañamiento a mujeres que se acojan a tercera causal en Osorno

Aborto: Aseguran protocolo de acompañamiento a mujeres que se acojan a tercera causal en Osorno

20 Abril 2018

Desde el Servicio de Salud de Osorno asegurarpn que la atención para cada paciente que lo requiera está asegurada, aún con el protocolo de derivación a otros recintos de la región.

Equipo El Vacanudo >
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La directora (s) del Servicio de Salud Osorno, Muriel Muñoz, expresó que los procedimientos para otorgar y asegurar atención oportuna a las mujeres que se acogen a la interrupción voluntaria del embarazo en las tres causales están garantizados en la Ley y en el Protocolo de Acompañamiento.

Por lo tanto, aseguró que como Servicio de Salud Osorno cumplirán cada estatuto para resguardar la salud de la mujer tal como ha hecho énfasis el Ministerio de Salud.

En este sentido, señaló que el establecimiento de salud de acuerdo al Protocolo está obligado a asegurar atención médica oportuna a la mujer, adolescente o adulta, que se encuentre en alguna de las tres causales de interrupción voluntaria del embarazo, de tal forma que el recinto debe contar con al menos un equipo de salud disponible, con excepción de aquellos establecimientos que hayan manifestado objeción de conciencia institucional.

"Si el centro asistencial no cuenta con personal que otorgue la atención solicitada, será responsable de asegurar la derivación inmediata de la paciente a otro establecimiento de salud para que el procedimiento sea realizado de manera que el acceso a la atención y la calidad asistencial no sufra menoscabo", aseguró la facultativa.

Muñoz explicó que el Servicio de Salud Osorno dispone de un protocolo de derivación oportuna y acompañamiento de la usuaria en el caso de solicitar atención por la tercera causal de la Ley 21.030, lo que incluye la derivación de cada caso al Hospital de Puerto Montt para el procedimiento clínico, siendo trasladada en un vehículo institucional acompañada por un equipo médico del Hospital Base San José, y llevando consigo todos los antecedentes requeridos en el protocolo.

Posteriormente la usuaria es nuevamente derivada al HBSJO para resguardar su bienestar, seguimiento y posterior acompañamiento que consiste en acoger, contener e informar sobre el apoyo social y económico al que se puede acoger, además de brindar apoyo terapéutico a través de un equipo psicosocial integrado por profesionales del área de salud mental.

Por su parte, la Subsecretaria de Redes Asistenciales, Dra. Gloria Burgos Marabolí, indicó que esta prestación se encuentra garantizada en la Ley y en el Protocolo, por lo que cuando una institución no puede entregar la prestación, ya sea por objeción de conciencia de los profesionales o como institución, igual está obligada a derivar a la paciente a algún lugar donde se le pueda ofrecer la prestación con seguridad y rapidez.

"Lo indicado es que la paciente sea derivada a un centro de referencia de la red, Puerto Montt; de la macro red (en nuestro caso desde Temuco al sur de Chile) o de un convenio con privados que tengan esa institución o el Ministerio de Salud. Por eso la atención de todas y cada una de las pacientes está garantizada", sostuvo.

Muriel Muñoz finalizó argumentando que el Servicio de Salud Osorno garantiza el cumplimiento del protocolo de acompañamiento dispuesto en la Ley 21.030  en la tercera causal, de tal manera que todas las mujeres sean atendidas de forma respetuosa, digna y oportuna, y junto con ello reciban todo el apoyo necesario en salud mental para su bienestar socioemocional y proyección a futuro en distintos ámbitos de la vida.

Imagen: Huawei / Agencia Uno