¿Cuánto tengo que pagar? Esto es lo que debes saber sobre el cobro de derechos de aseo domiciliario

¿Cuánto tengo que pagar? Esto es lo que debes saber sobre el cobro de derechos de aseo domiciliario

29 Mayo 2019

El municipio dio a conocer las excepciones a este cobro y sus particularidades.

Equipo El Vacanudo >
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Con el fin de orientar a la comunidad en torno al “Pago de Derechos de Aseo Domiciliario”, la Municipalidad de Osorno, a través de su Departamento de Administración y Finanzas, dio a conocer la respuesta a algunas interrogantes que mantienen los vecinos y vecinas en torno a este tema.

Lo anterior, debido a diversos problemas que se han generado ante la notificación de este cobro, en ocasiones sin aviso, que ha dejado con más de algún problema a los vecinos, sin entender las razones específicas tras la deuda que mantienen.

1. ¿QUÉ ES EL PAGO DE DERECHO DE ASEO QUE COBRA EL MUNICIPIO?

Desde el año 1996, a la fecha, el Decreto de Ley N°3.063 sobre Rentas Municipales, faculta a las corporaciones edilicias de Chile para cobrar directamente el derecho de aseo domiciliario. Es decir, la Municipalidad de Osorno está facultada por ley a cobrar por el servicio de recolección de basura.

2. ¿QUIÉN DEBE CANCELAR EL DERECHO DE ASEO DOMICILIARIO?

El derecho de aseo será pagado por el dueño o por el ocupante de la propiedad, ya sea usufructuario, arrendatario o mero tenedor, sin perjuicio de la responsabilidad que afecte al propietario.

3. ¿CÓMO SE CALCULA ESTE DERECHO DE ASEO?

El valor del cobro por derecho de aseo domiciliario está determinado según el avaluó fiscal territorial de la propiedad. Ese avalúo lo entrega el Servicio de Impuestos Internos (SII), mientras que la municipalidad fija el arancel del cobro, sacando un promedio de los gastos necesarios para cumplir con el retiro y recolección de basura. 

El último reevaluó de Bienes Raíces no Agrícolas, es decir, el último reavalúo de las propiedades habitacionales, lo realizó el Servicio de Impuestos Internos el año 2018, registrándose un incremento en el valor de las casas y/o departamentos. 
Según la normativa vigente, este valor del Reavalúo se calcula cada 4 años.

4. ¿CÓMO SE COBRA ESTE DERECHO?

Sólo cancelan este cobro los dueños de propiedades habitacionales cuyas casas ó departamentos superen el valor de 225 UTM, es decir, las viviendas cuyo avalúo sea superior a los $10.579.275 millones quinientos setenta y nueve mil dos cientos setenta y cinco pesos. (*Valor UTM $47.019)

La forma de cobrar el “Pago de Derechos de Aseo Domiciliario” es a través de:

Las contribuciones.

En las patentes comerciales.

Directamente en las Municipalidad.

En el caso que no esté pagando en ninguna de estas tres modalidades, deberá acercarse a la Municipalidad de Osorno, específicamente al Departamento de Rentas y Patentes, ubicado en Avenida Juan Mackenna #851, segundo piso, para resolver su situación.

5. ¿QUIÉNES QUEDAN EXENTOS DE ESTE PAGO?

Aquellos dueños de propiedades habitacionales cuyo que perciban una pensión de cualquier institución previsional, la que no exceda de $268.200 pesos mensuales, en los siguientes casos:

- Mujeres Jefas de Hogar mayores de 60 años y los varones Jefes de hogar mayores de 65 años

-Inválidos (as), las montepiadas y viudas de cualquier edad propietarios Jefes de Hogar o responsables de la mantención del hogar que habite el bien raíz que indica el rol y que sus ingresos sean producto de una pensión de cualquier institución previsional.


PARA HACER EFECTIVO A ESTE BENEFICIO DEBEN PRESENTAR LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS:
⦁ Certificado deuda extendido por la Tesorería Municipal.⦁ Fotocopia de la Cédula de Identidad del propietario que realiza el trámite.⦁ Liquidación de pensión.


6. ¿EXISTEN OTROS BENEFICIARIOS?

La municipalidad de Osorno cuenta con una ORDENANZA que permite la exención total o la rebaja en el pago de los “Derechos de Aseo Domiciliario” a favor de los dueños de propiedades habitacionales que presenten algún grado de vulnerabilidad, constatado en el registro social de hogares, y según el siguiente cuadro (ver en imágenes)

Quienes están dentro del rango de beneficiados deben acudir al DEPARTAMENTO SOCIAL DE LA DIDECO, ubicado en calle Bilbao Nº850, (Edificio Centro de Atención al Vecino), tercer piso, para que se efectúe el estudio y ver si califican dentro de los parámetros que fija la normativa municipal.

7. SI EXISTEN DEUDAS CON VENCIMIENTO MAYOR A 5 AÑOS, ¿PUEDE ACOGERSE A PRESCRIPCIÓN?

La municipalidad está impedida legalmente para condonar deudas por derechos de aseo, aun cuando éstas tengan un vencimiento o un retraso en el pago superior a 5 años, sin perjuicio de la posibilidad eventual que le asiste al deudor de recurrir a los Tribunales de Justicia a fin que se declare la prescripción de las mismas por la vía judicial.

8. SI SE ENCUENTRA MOROSO, ¿TIENE LA FACILIDAD DE PAGAR?

El dueño de una propiedad habitacional puede acogerse al convenio de pago por deudas morosas, en el caso de los Derechos de Aseo Domiciliario. Este convenio consiste en un pie de 20% de la deuda y el saldo puede pactarse de 1 a 12 cuotas mensuales. Este trámite se debe realizar en el Departamento de Rentas y Patentes, que se ubica en el segundo piso del Edificio Consistorial, de Avenida Mackenna #851. 

Imagen: Huawei / Agencia Uno (Contexto)

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