Columna de opinión: El caso de Venezuela cuando la Constitución se convierte en disfraz por Jose Escobar

Columna de opinión: El caso de Venezuela cuando la Constitución se convierte en disfraz por Jose Escobar

13 Enero 2013
Ya lo denunciaba Lowenstein en 1957, cada vez con más frecuencia, la técnica de la constitución escrita es usada para camuflar regímenes autoritarios y totalitarios. En esos casos, la constitución no es más que un disfraz para la instalación de una concentración del poder en manos de un detentador.
Jose Escobar >
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Los maquiavelistas de última hornada han descubierto que el credo democrático es la fachada bajo la cual pueden perseguir su sombría tarea. De esta forma, nos señalaba con nitidez el reconocido estudioso alemán, que la constitución escrita se ha convertido en la tapadera del nudo de poder. Así, aunque el documento constitucional proclame solemnemente las formas externas del proceso democrático, las relaciones internas no afligen a nadie, a excepción del pueblo al que se le ofrece la forma y se le priva de la sustancia. Se adorna la simple autocracia con una constitución escrita.

Por eso Lowenstein introdujo la clasificación "ontológica" de las constituciones, cuya diferenciación radica en la concordancia de las normas constitucionales con la realidad del proceso del poder. El punto de partida consiste en que una constitución escrita no funciona por sí misma una vez que haya sido adoptada por el pueblo, sino que una Constitución es lo que los detentadores y destinatarios del poder hacen de ella en la práctica.

Para que una Constitución sea viva, no es suficiente que sea válida en sentido jurídico; tiene que ser efectivamente "vivida" por los destinatarios y detentadores del poder, necesitando un ambiente nacional favorable para su realización. Tiene que ser como un traje que sienta bien y que se lleva realmente, para expresarlo coloquialmente.

Existen, sin embargo, casos en los que, si bien la Constitución será plenamente aplicada, su realidad ontológica no es sino la formalización de la existente situación del poder político en beneficio exclusivo de los detentadores del poder. En estos casos, la Constitución, en lugar de servir a la limitación del poder, se convierten en instrumento para eternizar el poder del grupo dominante. Esas constituciones son llamadas por Lowenstein como "constituciones semánticas".

Ese es el caso de la Venezuela de hoy. El traje no es en absoluto un traje, sino un disfraz.

El artículo 233 de la Constitución de Venezuela contempla como causal de vacancia del cargo de Presidente de la República (la Carta venezolana lo llama "falta absoluta"), que da lugar a nuevas elecciones si aquella se produce antes de asumir el cargo o durante los primeros cuatro años del período presidencial (que allá dura seis años), la incapacidad física o mental permanente del elegido. Sin embargo, tamiza dicha causal indicando que la constatación de la referida situación deberá ser "certificada por una junta médica designada por el Tribunal Supremo de Justicia y con aprobación de la Asamblea Nacional".

En consecuencia, como quiera que el Tribunal Supremo de Justicia es un órgano títere de la cúpula chavista, no designa, ni designará, a la junta médica, o, aun en el supuesto que lo haga, será difícil que ésta sea aprobada por la Asamblea Nacional, cuya mayoría también es chavista. No importa si el presidente Chávez se encuentra o no con incapacidad física o mental permanente (y fuera del territorio venezolano, inclusive), pues aquí no vale lo sustantivo sino lo adjetivo; porque lo importante para las autoridades venezolanas es que "se respete al pie de la letra lo que dice la Constitución". ¡Cuánta razón tenía Lowenstein!