HidroAysén y el tratado sobre cuencas compartidas con la Argentina

HidroAysén y el tratado sobre cuencas compartidas con la Argentina

06 Julio 2011

Solo cuando se cuente con un plan general de cuencas compartidas que involucre a los dos países, acreditándose el plan general compartido, se podrá hacer una evaluación seria de forma particular de proyectos privados –como HidroAysén- en las cuencas compartidas.

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Por Andrés Gillmore secretario y vocero Costa Carrera Aysén  www.costacarrera.cl  

Desde el inicio de la intención de HidroAysén de querer represar lo río Baker y Pascua en la cuenca del Baker en la región de Aysén, el proceso ha estado lleno de irregularidades y contrariedades que decantaron, finalmente, al aprobarse un estudio de impacto ambiental que no reunía las condiciones necesarias, originando casi una revolución interna del país.

Estos hechos fueron permitidos desde el comienzo mismo del proceso, con la cesión irregular de los derechos de agua de casi toda la región de Aysén, durante el gobierno militar -lo que posibilitó la intención de HidroAysén- al ser entregados en ese entonces en un 94 % a la transnacional ENDESA España, que nos ha dejado al día de hoy sin potestad alguna sobre nuestras aguas dentro de la cuenca del Baker, la más importante de Chile, reconocida como una cuenca seca para los pobladores de Aysén, de vital importancia para el país, donde encontramos lo ríos Baker y Pascua y como si esto no fuera poco, la segunda reserva de agua dulce del planeta después de la Antártida -los campos de hielo norte-que cuentan con una extensión de 4200 km cuadrados de hielo y una dimensión de 120 km de largo; cuenca donde está el segundo lago más grande de latino América el General Carrera, con 200 km de largo y 978 km cuadrados, que es parte de una cuenca bi-nacional compartida con la Argentina, que nos dimos el lujo de entregar -así sin más- por una constitución añeja que permite estas aberraciones hacia el patrimonio natural de Chile y que hoy se tiene que revisar.

En el año 1991 Chile se suscribió, bajo el gobierno de Patricio Aylwin Azócar, a un tratado compartido con la República de la Argentina sobre medio ambiente, protocolo que fue suscrito en Buenos Aires, inscrito por el decreto supremo número 67 del ministerio de Relaciones Exteriores chileno, que fue publicado en el diario oficial el 14 de abril de 1993, que incluye el protocolo específico adicional sobre recursos hídricos compartidos entre Chile y Argentina. Chile, en todos estos años, ha omitido reiteradamente el tratado en el caso HidroAysén, no queriendo aplicar el protocolo al proyecto, en un hecho sin precedentes y aun no explicado, que es difícil de entender en un país como el nuestro, respetuoso de los acuerdos internacionales y que es parte de su plus ante el mundo.

Hasta el momento, Chile no tiene un plan general compartido de utilización de cuencas de los ríos Baker y Pascua con la Argentina de aguas compartidas como debería ser, lo que es totalmente contradictorio con el tratado vigente; según este acuerdo, existe la obligatoriedad de cumplir con el tratado, más aún si se pretende hacer un manejo individual de cuencas por un privado como lo es HidroAysén, usufructuando de los recursos hídricos compartidos. El tratado es claro, al especificar que solo cuando se cuente con un plan general de cuencas compartidas que involucre a los dos países, acreditándose el plan general compartido, se podrá hacer una evaluación seria de forma particular de proyectos privados –como HidroAysén- en las cuencas compartidas.

Foto: http://www.flickr.com/photos/annais/17343602/