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Confirman que empresa y chofer deberán pagar millonaria indemnización a peatón atropellado

30 Noviembre 2019

La víctima quedó con invalidez total.

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La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó una indemnización de 80 millones de pesos en favor de Sandro Calisto Vargas, peatón que resultó gravemente herido en un accidente registrado en noviembre de 2014 en Osorno.

En fallo unánime (causa rol 12.917-2018), la Séptima Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Alejandro Rivera, Tomás Gray y la abogada (i) Paola Herrera– ratificó la decisión dictada por el 18º Juzgado Civil de Santiago.

La sentencia estableció que la empresa de transporte y distribución Tropivías Limitada y el conductor de un camión deberán indemnizar solidariamente al demandante, quien quedó con una invalidez total.

ARGUMENTACIÓN

El fallo concluye que "era obligación del conductor Dante Alarcón Schmidlin, efectuar la maniobra de retroceso con el debido cuidado para que no sólo el demandante, sino cualquier otra persona que en ese instante se encontrase en la calzada, no fuese víctima de daños, por lo que no habiéndose probado por la parte demandada la exposición imprudente al daño, así como, tampoco, la existencia de un caso fortuito, procede rechazar dichas alegaciones".

La resolución detalla que el accidente que sufrió Sandro Calisto Vargas “trajo como consecuencia una serie de perjuicios en su salud física, que dan cuenta de un atropello por aplastamiento de tórax y abdomen, con gran desgarro dorso lumbar con exposición de músculos y huesos lumbares, fracturas costales bilaterales, neumotórax bilateral, contusión pulmonar, tórax inestable, fracturas de escápula derecha, ala sacra izquierda, herida cortante de cuero cabelludo, contusión facial, anemia, todo lo cual generó, además, una serie de consecuencias dramáticas en su vida, pues quedó con una invalidez total".

"Lo anterior, permite concluir que el accidente de tránsito obedeció a que el demandado no adoptó las medidas de seguridad mínimas en la maniobra de retroceso del móvil que conducía a exceso de velocidad, única manera de explicar la entidad de las lesiones ocasionadas al actor, el cual, como ya se dijo, quedó inválido y en silla de ruedas", recalca el fallo.

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