Xiomara: Si ella tiene residencia en EEUU se complica interponer una acción penal en los tribunales... ya que por lo menos en el derecho procesal en general se exige que esa persona tenga residencia (no estadía temporal... como vacaciones) en el país dónde se inicia un proceso. Pero todas las legislaciones tienen sus deferencias... por lo mismo debes buscar información en las leyes procesales de tu país... si se puede hacer algo con algún extranjero que esté de visita en Colombia. Ahora bien extraditar a una persona de un país a otro por un delito es posible... pero no por unas simples injurias... difícil. En todo caso lo que tu quieres iniciar sólo da mérito para injurias y no calumnias (ya que no se te imputa un delito falso). El plazo para interponer la acción es de 1 año desde que se cometió la ofensa, igual sería bueno que veas como es eso en tu país... puede que sea diferente. Lo que debes fundamentar para tu defensa, es que se daño tu honra y la de tu familia con dichos falsos y dañinos, y que además necesitas reparar tu honor con una sentencia a tu favor, que establezca lo contrario. Exito.
Xiomara: Si ella tiene
Xiomara: Si ella tiene residencia en EEUU se complica interponer una acción penal en los tribunales... ya que por lo menos en el derecho procesal en general se exige que esa persona tenga residencia (no estadía temporal... como vacaciones) en el país dónde se inicia un proceso. Pero todas las legislaciones tienen sus deferencias... por lo mismo debes buscar información en las leyes procesales de tu país... si se puede hacer algo con algún extranjero que esté de visita en Colombia. Ahora bien extraditar a una persona de un país a otro por un delito es posible... pero no por unas simples injurias... difícil. En todo caso lo que tu quieres iniciar sólo da mérito para injurias y no calumnias (ya que no se te imputa un delito falso). El plazo para interponer la acción es de 1 año desde que se cometió la ofensa, igual sería bueno que veas como es eso en tu país... puede que sea diferente. Lo que debes fundamentar para tu defensa, es que se daño tu honra y la de tu familia con dichos falsos y dañinos, y que además necesitas reparar tu honor con una sentencia a tu favor, que establezca lo contrario. Exito.