Sernac denuncia "vicios" en publicidad en créditos post terremoto

Sernac denuncia "vicios" en publicidad en créditos post terremoto

29 Marzo 2010
Cerca de un 52% de la publicidad no cumple con los requisitos establecidos por Ley. Entre los vicios destaca que no se informa sobre las condiciones legales y la vigencia de la oferta.
Amador Gálvez D. >
authenticated user Corresponsal
Tras el terremoto que afectó la zona centro sur del país, muchas empresas comenzaron a ofrecer, mediante mensajes publicitarios especiales, diversas alternativas crediticias para ayudar a los consumidores a paliar los efectos del terremoto.
El objetivo del estudio era saber qué tan ciertas son las promesas que las empresas hacen con respecto al crédito y si los consumidores disponen de información veraz y oportuna para decidir si adquirir o no un bien o servicio.
El sondeo del SERNAC indagó en los anuncios de banca, grandes tiendas, supermercados y entidades financieras, la publicidad vinculada a crédito, con el fin de observar las prácticas publicitarias de los distintos rubros mencionados, para fomentar correcciones y buenas prácticas en esta materia.
Para ello se analizaron 25 anuncios exhibidos en diarios de circulación nacional y 4 en televisión abierta desde el 5 al 7 de Marzo de 2010.
¿Qué ofrecieron?
Si bien las ofertas son variadas, el factor común entre todas es que ofrecen créditos en condiciones preferentes, pagos mínimos, postergación del pago de tarjetas de créditos, créditos en condiciones preferentes, pago mínimo cero, entre otros ofrecimientos, todo esto a raíz del terremoto.
Los beneficios estuvieron enfocados principalmente a clientes de las zonas afectadas por el terremoto, pero también estaban dirigidos a todos los consumidores del país.
¿Qué encontramos?
Tras analizar los avisos publicitarios, el SERNAC encontró que cerca de un 52% no cumple con las exigencias legales establecidas en la Ley del Consumidor.
Entre las empresas infractoras están el banco BCI, Banco de Chile, BBVA, CorpBanca, Santander Banefe, Scotiabank, Cencosud, ABC DIN, Easy y Líder.
Dentro de este análisis, el SERNAC encontró una buena práctica, se trata de Banco Itaú. La institución proporciona información sobre distintos ofrecimientos comerciales, señalando de manera destacada y sin letra chica cuáles eran las condiciones relevantes, por ejemplo, menciona los fondos totales en dinero para los distintos productos especiales ofertados a raíz del terremoto.
Detalle del análisis
* Legibilidad: En este mismo punto se midió los grados de disponibilidad de la información y de acceso oportuno del consumidor a la misma. Tras el análisis se observó un sobre uso de letra pequeña o en forma vertical, lo cual le dificulta al consumidor el acceso a la información, y en otros casos se detectó el uso de letra chica a través de la cual se contradice el mensaje principal de la publicidad.
* Bases y restricciones de la oferta: No informan correctamente las bases ni las condiciones restrictivas de la oferta y que en muchos casos no se estaba en presencia de una publicidad social, sino que ante una oferta comercial que debe cumplir los requisitos establecidos en la Ley del Consumidor.
* Tipo de promesa: Se aprecia en general poca presencia de uso de absolutos publicitarios, esto significa aquellas afirmaciones de carácter general en que el proveedor se atribuye una mejor condición del mercado respecto sus competidores. En este caso, sólo Banco de Chile señala en sus mensajes publicitarios que tiene “el mejor crédito en cuotas”.
* Vicios en TV: En la publicidad exhibida en este tipo de medios de comunicación, las condiciones que limitan la oferta se informa en bloques de textos ilegibles por su letra pequeña y en breve tiempo de exposición (aprox. se ocupa 10% del total de la publicidad), no siendo posible para el consumidor tomar una decisión informada respecto del crédito ofrecido. Ejemplo: En 2 segundos se exhiben las condiciones, la publicidad total dura 31 segundos.
Denuncia a los tribunales
Con la información resultante de esta investigación, el SERNAC denunciará a la Justicia los hechos, ya que es deber de las empresas ser profesionales y responsables con respecto a la publicidad que entregan, y cuando no lo hacen tienen que responder de cara a los tribunales.
Conclusiones
* La entrega de condiciones legales y la vigencia de la oferta y/o promoción, se presenta en formatos inadecuados para la lectura de los consumidores.
* Se omiten las bases de la oferta y tampoco se incluye las restricciones de la misma.
* Los mensajes se caracterizan por ofrecer diversos beneficios como descuentos, prorrogas, pago mínimo cero, periodos de gracia, entre otros, promesas que deben ser comprobadas.
* La publicidad abusa de la letra chica y/o posición vertical, lo que dificulta la disponibilidad de la información y el acceso a la misma.