Oficina Jurídica Ciudadana: ¿Cuándo el despido de un trabajador es nulo?

Oficina Jurídica Ciudadana: ¿Cuándo el despido de un trabajador es nulo?

27 Mayo 2008
“Para proceder al despido de un trabajador, el empleador le deberá informar por escrito el estado de pago de las cotizaciones previsionales devengadas hasta el último día del mes anterior al del despido, adjuntando los comprobantes que justifiquen".
Gonzalo Arias >
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Un tema bastante frecuente sobre el cual me ha tocado trabajar y estudiar es la figura jurídica denominada “nulidad del despido”. En primer término y en palabras muy sencillas la nulidad es una sanción (castigo) que la ley establece para aquellos casos en que se han omitido los requisitos que la ley señala para el valor de los actos en atención a la naturaleza de estos actos o respecto a las partes intervinientes.
La legislación laboral ha impuesto ciertas exigencias en orden a que el despido de un trabajador se ajuste al derecho; esto es sea legal. Al respecto el artículo 162 del Código del Trabajo dice que “Para proceder al despido de un trabajador, el empleador le deberá informar por escrito el estado de pago de las cotizaciones previsionales devengadas hasta el último día del mes anterior al del despido, adjuntando los comprobantes que lo justifiquen. Si el empleador no hubiere efectuado el integro de dichas cotizaciones previsionales al momento del despido, éste no producirá el efecto de poner término al contrato de trabajo”.
La norma anterior quiere decir que si al momento de despido las cotizaciones previsionales, las de salud y el aporte al seguro de cesantía no se encuentran totalmente pagadas, el despido de que es objeto el trabajador es nulo. Esto es que no produce el efecto legal de poner termino a la relación laboral entre trabajador y empleador. Sin perjuicio de lo anterior, la nulidad del despido, así como toda nulidad debe ser declarada judicialmente, esto quiere decir que debe existir un juicio en el cual el trabajador demande de nulidad de despido a su ex empleador y además haya sentencia definitiva que declare que el despido es nulo, y en este caso el ex empleador será condenado al pago de todas las prestaciones adeudadas desde el momento del despido hasta que la sentencia declare que el despido ha sido nulo. Lo anterior es sin perjuicio de la apelación que se interponga.
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Comentarios

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Se puede despedir a un

Se puede despedir a un trabajador por no presentarse a trabajar a los días despues de un terremoto como el que tuvimos la madrugada del 27 de febrero de este año (Chile).?. Pasa que mi hermano es chofer de camión y estaba con licencia hasta el 26/02/2010.por lo que debía presentarse el sabado a trabajar. y por motivos del terremoto no pudo asistir a su trabajo.

Favor, responder a la brevedad, Gracias...

Imagen de mauricio

buenas mi consulta como

buenas mi consulta como puedo abtener el seguro de cesantia pero no me an dado el finiquito y no me dieron ninguna carta de aviso i tengo un juicio co mi ex empleado como puedo aserlo o tenbre que esperar el resultado de la demanda desde ya muchas gracias.

Imagen de Eugenio Donoso

¿Cuado te dan la carta de

¿Cuado te dan la carta de despido por necesidad de la empresa, es cierto que tengo derecho a llegar una hora más tarde y retirarme una hora antes del trabajo para realizar tramites? me pueden contestar o enviarme esto a mi correo

GRACIAS por la asesoria

Imagen de Danielito

  ¿El trabajador notificado

 

¿El trabajador notificado de su despido dispone de algún tiempo dentro de la jornada laboral para buscar empleo?

Cuando el empleador ha dado al dependiente el aviso de término de los servicios con 30 días de anticipación conforme a lo dispuesto en el inciso 4° del artículo 162 del Código del Trabajo, el trabajador durante dicho lapso de tiempo debe cumplir plenamente las obligaciones y deberes que se establecen en el contrato de trabajo. En efecto, tal aviso es tan solo eso, una comunicación que el contrato terminará en una determinada fecha, de forma que al mantenerse vigente la relación laboral en dicho mes, las partes deben dar cumplimiento al contrato. Tan es así que si el trabajador durante dicho lapso incurre en causal de despido distinta a la de necesidades de la empresa que invocó el empleador en la comunicación, puede el empleador dar por terminado el contrato por otra causal. Finalmente, cabe agregar que la ley laboral no establece el derecho del trabajador para disponer de algún tiempo dentro de la jornada de trabajo para buscar empleo, sin perjuicio de que el empleador pueda convenir con el trabajador el otorgamiento de permiso para tal fin, caso en el cual las condiciones serán aquellas que las partes acuerden.

 

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Imagen de lucia vergara

mi hijo trabajaba en un

mi hijo trabajaba en un edificio amueblandolo y el encargado del edificio lo hecho para afuera por no tener lo zapato de segurida po la irresponsabilida del jefe que no se los compro el llamaba a su jefe le mandaba mensajes nnunca le respondio los llamado ni mensajes para esplicarle la situacion hiba todo los dia al edificio a ver si lo encontraba pero no a parecia y que es lo que hiba a pasar con el si lo hiba a mandar a trabajar a otro lado pero como no aparecio no le quedo otra que demandarlo no le abiso si estaba despedido no le entrego carta de aviso no hizo nada yo quisiera saber que puedo hacer en mis cotizaciones que fui a sacar personalmente me aparecen pago cotizaciones declarada adicionales pago elctronico prima y pendiente que significa eso espero sus respuesta lo antes posible desde ya muchas gracias

Imagen de Hector gonzalez

por favor necesito saber si

por favor necesito saber si me pueden echar por llegar 50 minutos tarde??...me atrase por motivos personales y justo estaba el dueño de la empres...por favor me urgeee

Imagen de German Fuentealba

buen dia porfavor nesecito

buen dia porfavor nesecito ayuda tengo un problema con una empresa de cobranza entre a trabajaren 17 febrero me renovaron contrato y pase a indefinido pero el dia 5 de septiembre me despidieron querian que les firmara los papeles de carta de aviso y las vacaciones proporcionales y me obligaron a firmar las vacaiones .. me neguea firmar la carta y me echaron..me tome los dias de vacaciones que eran 7dias y tenia que volver pero me puse a trabajar de a honorario en otra empresa... en la empresa de cobranza me dijeron que no podia seguirtrabajando.... he tratado todo este tiempo para que me paguen las cotizaciones y no pasa nada... fui a la inpeccion del trabajo pero la persona queme atendio me dijo que la empresa no esta obligada a pagar nada... ayer 07/10/2009 llame para que me pasaran el finiquito... me citaron ala empresa y querian que les firmara el finiquito y no tenian las cotizaciones canceladas.. la respuesta fue que las avian pagado hace solo 2 semanas.. y por eso no aparecian...tenian que pasar 48dias para que apareceiran pagadas .. envista de esa situacion NO FIRME EL FINIQUITO y me pasaron el pago corespondiente a septiembre con las comiciones de agosto...( supuestamente no comicione nada...pero eso es lo de menos..))). esto me a traido varios problemas el dia 15 de septiembre tubeque ir a un centro de salud y no me querian atender por que no tenia ninguna previcion...sin contar los problemas con los trabajos que e visitado.. me comentan que si no tengo el finiquito no me pueden contratar esto ya me costo untrabajo bastante bueno y bien pagado... porfavor si me pueden orientar con este tema seria ideal... yo vivo en la cisterna y mi nombre German Fuentealba.. adios que esten bien..

Imagen de Arturo Baez M.

El tema del despido nulo ,

El tema del despido nulo , se da en el caso de que parte de los ingresos reales , se efectuaran en negro , osea se pagaban mensualmente pero no aparecen , solo se declaraba aprox. el 60 % de lo que realmente ganaba , estoy en proceso de demandar, pero la duda es ; si se demuestra en juicio con testigos y correos , que habían mas pagos y por estos no se pagaron las imposiciones , también se puede declarar nulo el despido .

atte Arturo Baez M.

Imagen de emilio millapan

hola. quisiera hacerle una

hola.

quisiera hacerle una consulta. Una persona que este con carta de despido se puede tomar dias libres para buscar empleo?

esperando una buena recepcion y pronta respuesta

Atte.

Emilio Millapan.

Imagen de MANUEL

hola quisiera saber que

hola quisiera saber que puedo hacer para que mi ex empleador me pague mis cotizaciones que me debe hace ya 2 años.esto me perjudicapara obtar a un credito hipotecaria..

de ante mano gracias

Imagen de daniel domínguez

¿Cuado te dan la carta de

¿Cuado te dan la carta de despido por necesidad de la empresa, es cierto que tengo derecho a llegar una hora más tarde y retirarme una hora antes del trabajo para realizar tramites? me pueden contestar o enviarme esto a mi correo

GRACIAS por la asesoria

Imagen de ivania

hola muy me a serco a uds

hola muy me a serco a uds porque quiero hacerles una preguntaa

yo trabajo del aogosto del año pasado pero me isieron contrato en marzo de este año y me mostraron una carta de despido que desia que me avian despedido por 3 atrasos y no me an mostrado ni mis cotizasiones al dia nada ni una copia de la carta nada

y mi me dijeron k yo tenia dos hora para hacer tramites y eso no se si es verdad y e estado averiguando y no lo puedo encontrar

porq nesesito dejar curriculos a otros lados y no e podidoo

los pido una ayudita porfabor orientenme de ante mano muchas grasias

Imagen de Francisco Gallardo

Me parece un excelente

Me parece un excelente servicio a la comunidad, el que hacen a través de esta oficina jurídica.

Felicitaciones al equipo y al consultor, abogado Arias.

F.Gallardo

Imagen de Fernando Fuenzalida F

Qué pasa si el empleador

Qué pasa si el empleador efectivamente ha pagado todas las cotizaciones, pero no envía carta alguna dando aviso al trabajador de esa situación. ¿Puedo pedir que se declare la nulidad del despido por el no envío de la carta?

saludos, y gracias!

Imagen de Gonzalo Arias

Jose Luis: si tu ex

Jose Luis: si tu ex empleador te despidio y al momento del despido tus cotizaciones no estan pagadas, el despido es nulo. La nulidad debe ser declarada judicialmente, por eso es que debes recurrir a los tribunales de justicia e interponer demanda de nulidad de despido; tienes varias opciones para demandar, puedes acudir a un abogado particular, asesorarte por consultorios juridicos de alguna escuela de derecho y también acudir a la corporación de asistencia judicial. Esta última opción no representa costo para ti, ya que es de caracter gratuito.

Imagen de Jose Luis

A mi me echaron y claro mi

A mi me echaron y claro mi jefe no tenía pagada mis cotizaciones en 4 meses, pero igual me hecho. Como hago para hacer que no me eche, donde voy??, y después de que pague las cotizaciones me puede ahechar de nuevo??