Demanda Marítima de Perú: Una guía para no perderse en el conflicto

Demanda Marítima de Perú: Una guía para no perderse en el conflicto

19 Enero 2008
Con la presentación de la demanda peruana por la delimitación del límite marítimo con Chile, se inicia un conflicto en que la Corte Internacional de La Haya deberá pronunciarse sobre esta discrepancia entre Estados.
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Pero no todo gira en torno a la demanda. Para entender este conflicto hay que manejar algunos conceptos y hechos que en estas líneas se pretenden aclarar.
1° Qué se pide:
Los Estados, para poder existir, necesitan ciertos elementos básicos, y que sin ellos no podrán ser reconocidos como tales; uno de estos elementos es el territorio, que se puede definir como la porción del espacio de nuestro planeta en la cual se asienta el grupo humano. En este caso, el territorio puede ser terrestre, marítimo y aéreo. Nuestro país, como también el Perú, y todos los países costeros deben delimitar su territorio, en cuando a porción de tierra, y también el espacio de mar de sus costas, para evitar conflictos de carácter diplomático, político, militar y relativos a la soberanía de cada Estado.
En este caso particular, Perú limita con Chile en un punto llamado “concordia” (acordado por el Tratado de Lima de 1929), pero este punto se prolonga imaginando una línea horizontal hacia el mar, la cual representa la división entre los territorios marítimos de ambos Estados. Es este punto, el que Perú pretende que se baje unos 250 Km. en el mapa, y que la línea imaginaria se “dibuje” de manera mas vertical, ganando eventualmente la suma de 35.000 kilómetros cuadrados de mar, que hasta hoy, pertenecen al dominio soberano de nuestro país.
Una vez iniciada la petición de Perú, o mas bien iniciado el conflicto por la modificación de una ley interna del país vecino (Ley de Líneas Base, N° 28.621 de 2005), estos limites, ya reconocidos, han sido modificados de manera unilateral por parte del gobierno peruano, lo que ha producido un roce entre Estados, que como no están de acuerdo en la materia, debe ser conocido y resuelto por un órgano superior, al que ambos países le reconozcan merito para poder tomar parte de esta discordia.
2° A quién se pide:
Se entiende que existe un conflicto entre dos Estados, cuando estos no están de acuerdo en un hecho, sobre el derecho o respecto a una cuestión política.
Al parecer en este caso, para Perú seria una cuestión de hecho, ya que quiere que la Corte de La Haya, fije los límites marítimos con nuestro país, porque estos límites no se encontrarían determinados; en cambio para Chile, el tema sería una discusión sobre un punto de derecho, ya que existen Tratados Internacionales (ej. Tratado de Lima de 1929, Declaración de Zona Marítima de1952, Convenio sobre Zona Especial Fronteriza Marítima de 1954), que son leyes internas de los países que los suscriben y ratifican, y que dicen relación con el limite del territorio marítimo entre Chile y Perú.
Como ambos países son miembros de la ONU, es este organismo el que entrega medios pacíficos de solución de conflictos, que pueden ser Diplomáticos o Jurisdiccionales, y en estos últimos, es donde se encuentra la reclamación ante un organismo internacional, como es la Corte Internacional de La Haya.
Para poder proceder judicialmente, ante la Corte Internacional de La Haya, Perú debe acreditar su legitimación, esto es, su poder o facultad para poder recurrir ante tal órgano. Para estos efectos, se entiende que tienen facultad de solicitar la intervención de esta Corte, todos los países miembros de la ONU, a través de un funcionario publico que tenga la atribución de poder iniciar este tipo de procedimientos.
3° El Juicio:
La Corte Internacional de La Haya funciona permanentemente, lleva su nombre por la ciudad en que se ubica, y se compone por un colegio de jueces nombrados por la Asamblea General de la ONU y los países Miembros del Consejo de Seguridad del mismo organismo; son 15 jueces que duran 9 años en su cargo, de diversa nacionalidad. Actualmente esta compuesta por personas de los siguientes países: Reino Unido (Miss Rosalyn Higgins, Presidente), Jordania, Madagascar, China, Sierra Leona, Estados Unidos, Venezuela, Japón, Alemania, Eslovenia, Francia, Nueva Zelanda, México, Marruecos y Rusia.
El procedimiento comienza con la recepción de la demanda por la Secretaria de la Corte, y tiene dos fases, una escrita y otra oral. Los idiomas oficiales de la Corte son el inglés (por su uso universal) y el francés (idioma usado por la Diplomacia), sin perjuicio de la posibilidad de presentar alegaciones y documentos en el idioma nativo de cada país.
La fase escrita corresponde a la presentación de demandas, memorias, contramemorias, y escritos que sustenten la demanda, o que la desvirtúen; en cambio, la parte oral de estos procedimientos la componen las alegaciones de los abogados de cada Estado frente a los jueces.
Las decisiones que tome la Corte, se deliberarán en privado, y por la mayoría de los votos, y en caso de empate resolverá el Juez Presidente (Rosalyn Higgins, Reino Unido), o quien lo remplace.
Para los trámites del proceso, como el plazo para dar pruebas, para dictar sentencia o para recibir a peritos o testigos, no se establece un tiempo único, por lo tanto el juicio puede durar varios años.
4° La resolución:
La sentencia del caso será leída en audiencia pública, será un fallo motivado (explicado punto por punto), y su decisión será detallada en cuanto a los votos a favor y en contra de cada una de las peticiones que fundamentan la demanda.
Las sentencias de la Corte de La Haya no son apelables, pero se pueden interpretar a solicitud de cualquiera de las partes.
El fallo es vinculante, es decir obliga a los Estados en conflicto a aceptar la resolución y a cumplir el mandato que indique la sentencia, es por esto la importancia de la Corte de La Haya, ya que no es un órgano consultivo (en ciertos casos actúa como tal), sino que un Tribunal como conocemos comúnmente, y puede obligar y sancionar a los Estados que no cumplan sus decisiones.
Para poder impugnar esta sentencia corre un plazo de 10 años desde su dictación, para así poder ser revisada y eventualmente modificada conforme al derecho internacional.
5° Diccionario para entender este conflicto:
Territorio: comprende el suelo, subsuelo, el espacio aéreo y algo de mar.
Zona Económica Exclusiva: Espacio situado mas allá del mar territorial (territorio marítimo hasta 12 millas desde la costa), y de la zona contigua (12 millas posteriores al mar territorial) y donde el Estado ribereño tiene derechos de soberanía para fines de exploración, explotación, conservación y administración de los recursos naturales. Se extiende hasta 200 millas marinas comprendiendo el mar territorial y la zona contigua.
Líneas de Base: aquellas que se utilizan con el objeto de determinar la extensión de los distintos espacios marítimos de un Estado costero.
ONU: Organización de Naciones Unidas, es una Persona Internacional, no es un Estado, es un sujeto de derecho Internacional, conformado por la asociación permanente de Estados, con un objeto licito, y con facultades que se extienden mas allá de los sistemas propios de cada país.
CONVEMAR: Tratado Internacional, uno de los mas importantes del mundo, aprobada en 1982.
Limites y Fronteras: El término Frontera, es más amplio y se refiere a una región o faja, mientras tanto que el término Límite, está ligado a una concepción precisa, linear y perfectamente definida en el terreno.
Soberanía: Es una característica del poder de un Estado, la que implica que no reconoce otro poder distinto, que sea igual o superior a el, por lo tanto el poder del Estado Soberano siempre es el mayor centro de impulsión social, político, económico, militar etc.
Consejo de Seguridad de la ONU: Órgano que pertenece a la ONU y cuya función es mantener la paz y la seguridad de los Estados Miembros. Está formado por 15 miembros de los cuales Rusia, Reino Unido, China, Francia y Estados Unidos son permanentes, y los demás los designa la Asamblea General.
La Haya: ciudad de Holanda en la que se alberga la Corte Internacional de las Naciones Unidas, entre otros órganos internacionales, como por ejemplo el Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoslavia y la Corte Penal Internacional.
Tribunal Internacional del Derecho del Mar: órgano jurisdiccional que nace a partir de la Convención sobre Derecho del Mar. Se sitúa en Hamburgo, Alemania, y se compone de 21 miembros. Perú no quiso someterse a la Jurisdicción de este Tribunal.
Fuente:El Morrocotudo

FOTO: http://flickr.com/photos/payacho/